La 'Muerte Digna' ya es Ley

La ‘Muerte Digna’ ya es Ley

La Cámara de Senadores de la Nación convirtió hoy en Ley el proyecto sobre “muerte digna” que establece el derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, ante una enfermedad irreversible, incurable o que se encuentre en estado terminal.

La iniciativa fue debatida durante casi cuatro horas y aprobada por unanimidad.

La flamante medida modifica la Ley sobre Derechos del Paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud y establece que el “derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también revocar posteriormente su manifestación de la voluntad”.

En el marco de esta potestad, el paciente que presente una “enfermedad irreversible, incurable o que se encuentre en estado terminal” tiene el “derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital”.

El presidente de la Comisión de Salud del Senado, el radical José Cano, expresó que con la sanción de esta Ley se está “atendiendo un reclamo social por la ausencia de legislación en esta materia”, así como adecuando la legislación argentina a “varios tratados internacionales”.

“Estamos garantizando derechos, estamos recuperando el rol que debe tener en el arte de curar el equipo médico”, explicó Cano para luego señalar como el principal objetivo de la norma el de “respetar la autonomía de la voluntad del paciente”.

A su turno, Aníbal Fernández aclaró que la iniciativa “no es eutanasia porque eso significaría acelerar la muerte del paciente”.

“Este es el derecho del paciente a morir dignamente”, enfatizó Fernández, tras lo cual dijo que se estaba “en presencia de un concepto que avalan todas las religiones” al mencionar la encíclica Evangelium Vitae escrita por el papa Juan Pablo II en 1995 en la que el se menciona que “se puede en conciencia renunciar a unos tratamientos que procurarían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia”.

Puntos principales de la ley

El proyecto que aprobó hoy y convirtió en ley el Senado reconoce que el paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, así como también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad.

La iniciativa indica que el paciente terminal puede rechazar procedimientos, cirugías y medidas de soporte vital, cuando sean extraordinarias o desproporcionados en relación a las perspectivas de mejoría, pero lo obliga a expresar su postura al facultativo, quien antes lo habrá informado sobre su real estado de salud, tratamientos a realizar y consecuencias.

También se establece que, en caso de que el paciente se vea impedido de dar su consentimiento, serán sus familiares o los responsables legales quienes deberán hacer conocer la decisión de prolongar la agonía por medios artificiales.

Esta norma no implica la legalización de la eutanasia ni el suicidio asistido, que sería facilitar la muerte del paciente.

Fuente: http://www.cronista.com

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