La justicia en lo Contencioso Administrativo platense suspendió el decreto Nº558/12 con el que el gobierno de Daniel Scioli dispuso el pago del medio aguinaldo en cuatro cuotas a los empleados estatales y ordenó al Ejecutivo abonarlo un plazo de cinco días.
Ese fallo, del titular del juzgado Contencioso Administrativo Nº1, Luis Arias, hizo lugar a una medida cautelar presentada hoy por la representación sindical de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) y la Asociación de Profesionales de la Salud (CICCOP).
El fallo indica que «sustituye la medida cautelar oportunamente dictada (por el mismo magistrado) para el pago del aguinaldo de los empleados estatales y se obliga a abonar el medio aguinaldo completo en término de cinco días corridos» a partir de hoy.
Para Arias, la decisión de desdoblar el pago del aguinaldo «enfrenta a los trabajadores del Estado con detrimentos a sus remuneraciones, derivadas en este caso de un régimen de excepción establecido por el Decreto N° 558”.
El magistrado recordó que «todo lo atinente al sueldo anual complementario se encuentra regulado por la Ley 10.163, cuyo artículo 1 prescribe, en lo pertinente, que el SAC se abonará en dos cuotas semestrales«.
«De allí que la ley vigente establece en una sola cuota el pago del aguinaldo correspondiente al tiempo trabajado hasta el mes de junio, razón por la cual el Decreto 558/12 no sólo no encuentra sustento legislativo, sino que se aparta de expresas previsiones legales, con motivo del alegado desequilibrio económico-financiero de las cuentas de la provincia», planteó en la resolución.
Arias sostuvo, asimismo, que el decreto de Scioli «revela desde ahora un quiebre al principio de legalidad, que la torna susceptible de reproche constitucional».
Además, el magistrado señaló que «con respecto el sueldo anual complementario tiene dicho la Suprema Corte local que constituye un ingreso de carácter remuneratorio que como tal forma parte del sueldo para todos los efectos legales».
La semana pasada, el juez Arias había hecho lugar a una medida cautelar contra el pago en cuatro cuotas del aguinaldo presentada por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), Asociación Judicial Bonaerense (AJB) y la Asociación Sindical de Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires (CICCOP) y hoy resolvió sobre la cuestión de fondo.
Fuente: http://tn.com.ar/