Cómo hacen las marcas para escapar a la ley que regula las liquidaciones

Cómo hacen las marcas para escapar a la ley que regula las liquidaciones

 

Cómo hacen las marcas para escapar a la ley que regula las liquidacionesCómo hacen las marcas para escapar a la ley que regula las liquidacionesCómo hacen las marcas para escapar a la ley que regula las liquidacionesCómo hacen las marcas para escapar a la ley que regula las liquidacionesCómo hacen las marcas para escapar a la ley que regula las liquidacionesCómo hacen las marcas para escapar a la ley que regula las liquidacionesCómo hacen las marcas para escapar a la ley que regula las liquidacionesCómo hacen las marcas para escapar a la ley que regula las liquidacionesCómo hacen las marcas para escapar a la ley que regula las liquidacionesCómo hacen las marcas para escapar a la ley que regula las liquidaciones

Después de un trimestre en el que el consumo se frenó, los comercios porteños empapelaron sus vidrieras con anuncios de descuentos de todo tipo; eso sí, ninguna lleva la palabra “liquidación”, por lo menos hasta que empiece el mes de agosto.

La norma Nº 3504, que rige en la Ciudad de Buenos Aires desde 2010 y busca defender al consumidor de la publicidad engañosa, es clara.

La liquidación de invierno puede arrancar el 1º de agosto y extenderse hasta el 30 de septiembre, mientras que la de verano, del 1° de febrero hasta el 31 de marzo. Es por eso que muchos recurren a palabras como “rebajas”, “sale” o “festival de precios” como una forma de evitar caer en la infracción.

“Los comercios de la Ciudad de Buenos Aires respetan parcialmente la ley. El punto que más se cumple es el de liquidación de fin de temporada, pero queda desdibujado porque los comerciantes comienzan la liquidación con anticipación a la fecha con otra denominación”, explicó la titular del Centro de Educación al Consumidor (CEC), Susana Andrada, a Infobae.com.

 

“Los porcentajes de rebajas llegan al 60%, según rezan sus carteles. Esto desdibuja el espíritu de la ley que establece ‘liquidación fin de temporada’ con esos valores de descuentos. El consumidor no está bien informado y cae en la trampa”, señaló, y agregó: “El consumidor llega a la liquidación con un proceso de desgaste en el tiempo pasando por carteles y publicidades que indicaron previamente ‘sale’, ‘promoción’, ‘venta anticipada’”.

Pero eso no es todo. Al ingresar a los comercios, los usuarios se encuentran con que algunas prendas sólo tienen el precio rebajado y no el original; lo mismo pasa con el porcentaje de la rebaja cuando la ley especifica que deberían estar detallados. Tampoco se cumple el enunciado que exige que la ropa debe estar separada por sectores según su descuento.

Por su parte, el presidente de la Asociación de Amigos y Comerciantes de la Avenida Santa Fe, José Clavería, señala que hay quienes no cumplen con la ley porque “desconocen su existencia”, en general, las marcas más chicas. “En los shoppings es donde más se respeta y en general las grandes marcas mantienen el mismo criterio en todas sus sucursales”. También añadió que el 72% de los comercios en Avenida Santa Fe se encuentra realizando promociones y ofertas.

“La ley surge como una forma de evitar la publicidad engañosa. La verdad es que hubo locales que cumplieron enseguida, pero es cierto que no todos, y no hay mucho control del Ejecutivo”, explicó  un asesor de Marta Varela, la legisladora del Pro que impulsó la normativa.

“Hubo un avance y es que los términos son más claros. Además, ahora hay legislación, y si no se cumple, se puede denunciar”, agregó el asesor, al tiempo que advirtió que debería haber un registro de las denuncias de los consumidores, pero aún no se realizó.

En ese sentido, Andrada consideró que el consumidor desconoce la normativa, por lo tanto no reclama. “No se puede reclamar lo que se desconoce como un derecho”, sentenció.

Qué dice la ley

–          El objeto de la ley es “establecer un marco de referencia que regule diferentes acciones de promoción de ventas en comercios minoristas en general y en aquellos establecimientos que ofrezcan artículos de primeras marcas de temporadas anteriores, artículos de segunda selección, discontinuos, muestras o excedentes de producción, remanentes de stocks y en general mercaderías con descuentos, durante todo el año”.

–          “En todos los anuncios de actividades de promoción de ventas definidos por el Art. 2º de la presente Ley, se debe utilizar el idioma español. En caso de utilizarse otro idioma, debe incorporarse la traducción respectiva al español, con la misma tipografía y tamaño de letra”.

–          “En todos los casos de rebajas de precios, la mercadería debe estar marcada con el precio anterior y el precio rebajado”.

–          “El anuncio de diferentes niveles de rebajas, se debe publicar mediante un porcentaje cierto en cada caso. En los casos que se ofrezcan diferentes porcentajes de descuento, el local deberá sectorizar y señalizar en forma destacada los artículos que correspondan a cada uno de ellos”.

–          “Cuando se ofrezcan en forma simultánea productos en distintas acciones de promoción de ventas, éstos deben ubicarse en forma separada de modo tal que no exista confusión entre los que son objeto de una u otra acción promocional”.

–          “Cuando por efecto de la demanda se hubiere agotado la existencia de los productos con rebajas de precios, la promoción deberá cesar en forma inmediata”.

–          “En ningún caso el comerciante minorista puede invocar su condición de fabricante, ‘precios de fábrica’ o leyenda similar, a menos que fabrique realmente la totalidad de los artículos que comercialice en ese local”.

–          Las liquidaciones de temporada se pueden anunciar únicamente como ‘Liquidación’ o como ‘Liquidación de fin de temporada’. En la Liquidación de Temporada, la mercadería expuesta en liquidación debe corresponder exclusivamente a esa temporada”.

Fuente: http://moda.infobae.com

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