Así se aplicará la ley de blanqueo

Así se aplicará la ley de blanqueo

La ley de «exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en exterior» autoriza al Ministerio de Economía a emitir el llamado «Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (BAADE)» y «el Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico», en valor dólar, destinados «exclusivamente, a la financiación de proyectos de inversión pública en sectores estratégicos, como infraestructura e hidrocarburos».

Además, habilita al Banco Central a poner en circulación el «Certificado de Depósito para Inversión (CEDIN)», en dólares y endosable, «como un medio para la cancelación de obligaciones» en la referida moneda extranjera.

Así, la norma busca captar puramente el billete estadounidense no declarado que los argentinos tengan ahorrados ya sea en sus casas, en cajas fuerte o en cuentas del exterior para ser invertidos en la economía local, sin penalidades tributarias ni cambiarias.

“El Banco Central será la autoridad de aplicación con respecto a los Cedin y dictará las normas reglamentarias y complementarias pertinentes, inclusive el procedimiento a seguir en caso de extravío o sustracción”, se especifica en la norma publicada y reglamentada hoy por el Gobierno.

Los que ingresen al blanqueo quedarán eximidos del pago de todos los impuestos, incluidos el de débito y crédito que deriven de la acreditación bancaria. A su vez, quedarán liberados de sanciones por la Ley penal tributaria y la Ley penal cambiaria.

Asimismo, no se deberán presentar declaraciones juradas rectificativas y se formalizará el ingreso de los fondos en las presentaciones de 2014.

El plazo para adherirse al régimen será de tres meses desde la reglamentación de la ley, que será publicada en el Boletín Oficial. Hoy fueron publicadas la norma y su promulgación.

«La exteriorización de la moneda extranjera se efectuará mediante su depósito en entidades comprendidas en el régimen y sus modificaciones, dentro del plazo de tres meses, contados a partir del mes inmediato siguiente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la reglamentación que al respecto dicte la AFIP», establece la norma.

Durante el anuncio de la medida, que terminó siendo aprobada por el Congreso la semana pasada, el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, admitió que esa fecha podría prorrogarse.

Están habilitados para incorporarse al régimen todas aquellas personas físicas y jurídicas con fondos en el exterior o en el país, acreditados al 30 de abril de 2013.

«También podrá incorporarse la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior que resulte del producido de bienes existentes al 30 de abril de 2013», dice el texto de la ley, publicado hoy.

Podrán entrar tanto aquellos que estén inscriptos (número de CUIL ó CUIT) como los que no lo estén, aunque estos últimos deberán realizar previamente el trámite de inscripción ante AFIP.

Los funcionarios públicos y sus familiares no podrán anotarse en el blanqueo,como así tampoco aquellas personas con causas judiciales tributarias en curso.

Producto de las fuertes críticas que arreció la iniciativa del oficialismo por considerar que el blanqueo generará un paraíso fiscal por tres meses, donde la Argentina será una puerta de entrada de fondos mal habidos, durante el debate en el Senado se realizaron algunas modificaciones en ese sentido.

Se determinó ampliar la lista de quienes no podrán acceder al «perdón tributario» como son los «cónyuges y parientes en el segundo grado de consanguinidad» de imputados en causa de lavado.

La adhesión se realizará a través del depósito del dinero en una cuenta bancaria y, a cambio, la entidad le entregará el Certificado que se elija.

Luego, el dinero quedará depositado en un fideicomiso en el Banco Central con un encaje de 100 por ciento.

Según estimó Echegaray, hoy existen 120 mil millones de dólares no declarados de argentinos en el exterior y unos 40 mil millones dentro de las fronteras del país.

Fuente: http://www.infobae.com

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